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1. El terreno de juego deberá ser un rectángulo, de superficie plana y horizontal, de tierra, hierba o material artificial debidamente homologado por la Federación competente, ajustado a las medidas que determinen las Reglas de Juego aprobadas por F.I.F.A. En lo que respecta al Fútbol-Sala, las medidas de la superficie de juego será la que establezcan las Reglas de Juego aprobadas por la R.F.E.F.
Asimismo, se estará a lo previsto en dichas Reglas en lo referente al marcado del campo; áreas de meta, de penalti, de esquina; postes, larguero de las porterías, redes de éstas y banderines, tanto de corner como los que deban utilizar los jueces de línea, así como el área técnica, que delimita los movimientos del entrenador, según las disposiciones de la FIFA.
2. En todos los campos se dispondrá para la actuación de los jueces de línea, de banderines de telas color anaranjado uno y amarillo otro, sin bordado ni inscripción alguna, que formen un rectángulo de 50 x 40 centímetros, adheridos por su lado más estrecho a un palo cilíndrico de dos centímetros de diámetro máximo y sesenta de largo.
| Circulares | |
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| Artículo 1 | [01/07/2007] |
| Artículo 2 | [01/07/2007] |
| Artículo 3 | [01/07/2007] |
| Artículo 4 | [01/07/2007] |
| Artículo 5 | [01/07/2007] |
| Artículo 6 | [01/07/2007] |